El BOE del 23 de octubre publica el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Este reglamento viene a simplificar y flexibilizar el procedimiento para realizar las modificaciones de aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales y unidades de competencia permitiendo, a partir de ahora, su aprobación mediante órdenes ministeriales conjuntas de Educación y Empleo. En este sentido, la reforma normativa se debe valorar positivamente porque mejora la capacidad de actualización del Catálogo y su adaptabilidad a las necesidades productivas, aunque no aborde otros problemas de fondo de la aplicación del Sistema de Cualificaciones, como el procedimiento de evaluación, reconocimiento y acreditación de la competencia profesional, claramente ineficiente.